Derecho de información
El derecho a la información es de todos los ciudadanos y se
verifica cuando los medios públicos y privados, así como los medios públicos y
privados, así como los comunicadores sociales cumplen con su deber de informar
veraz y oportunamente. Este derecho ciudadano a la información está
condicionado por el régimen de propiedad y control de los medios de
comunicación.
ARTÍCULO 6: La manifestación de las ideas no será objeto de
ninguna inquisición judicial o administrativa, si no en el caso de que ataque a
la moral, a la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito o
perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos
dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el
estado.
“Toda persona tiene derecho al libre acceso a información
plural y oportuna, así, como buscar, recibir, y difundir información será
garantizado por el estado.
Libertad de
expresión
La libertad de expresión es un derecho humano, cada uno de nosotros, como personas, tenemos derecho a expresar nuestras opiniones,
redactarlas, publicarlas o comunicarlas y tales expresiones deben ser, si no
compartidas, respetadas siempre y cuando no afecta a las demás personas.
ARTICULO 7: Es inviolable la libertad de difundir
opiniones, información e ideas, atreves de cualquier medio. No se puede
restringir este derecho por medias indirectas tales como el abuso de controles
oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas
o de enseres y apartados usados en la difusión de información o por cualquier
otro medio y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir
la transmisión de ideas y opiniones.
Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura,
ni acortar la libertad de difusión, que no tiene más limites que los que los
previstos en el primer párrafo del artículo 60 de esta constitución. En ningún
caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la defunción de información
opiniones e ideas, como instrumento del delito.
Derecho a la
privacidad
Todo el mundo tiene derecho a la privacidad, según los
mecanismos sobre derechos humanos intencionales, este derecho puede ser violado
de diversas maneras, que incluyen:
Intervenir en la vida privada de una persona (lo que
incluye su derecho a establecer relaciones y disfrutar de su libertad sexual;
impedir la vida familiar( lo que incluye el derecho a casarse y a fundar una
familia); destruir la casa de una persona, o impedir a una persona que vivía en
su casa; intervenir la correspondencia privada.
El articulo12: La Declaración Universal de los Derechos
Humanos” adaptada por la asamblea general de naciones unidades establece que el
derecho a la vida privada es un derecho humano; “Nadie será objeto de
interferencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio su
correspondencia, ni de ataques a su honra o su reputación”
Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra
tales injerencias o ataques.
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